Tu navegador no soporta Javascript

10/03/2010 09:30

Comparte este contenido: 
Valorar Valorar: Valorar Valorar Valorar Valorar Valorar

Los premios de LAE no tributan

Los premios de Loterías y Apuestas del Estado están exentos de impuestos.



Los premios obtenidos de los sorteos Loterías y Apuestas del Estado (LAE) son mucho más que un premio, ya que están libres de impuestos. Por ello, si usted es uno de los agraciados con un bote u otro premio de LAE  no tiene porqué preocuparse sobre el porcentaje de impuestos, ya que su premio tendrá una tributación del 0%, y, por lo tanto, podrá disfrutar del importe íntegro del premio.

Los premios de LAE están exentos de tributación porque así lo establece la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que, en el apartado ‘ñ’ del artículo 7, señala que “estarán exentas las siguientes rentas: los premios de las loterías y apuestas organizadas por la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado (…)”.

Para que esta exención de impuestos sea efectiva, LAE pone a su disposición mecanismos para que conste usted como beneficiario de su premio; de esta manera la Agencia Tributaria (AEAT) conoce la procedencia de dicho capital y no le aplicará ninguna tributación.

En el caso de que usted juegue a través de loteriasyapuestas.es, todo esto está también contemplado, ya que dentro de nuestro proceso de pagos mayores le notificamos a la AEAT los datos (nombre y NIF) de los ganadores. Por eso es tan importante que los datos que ustedes proporcionen al inscribirse en loteriasyapuestas.es sean veraces y coincidan con los del titular de la cuenta bancaria donde se ingresaría un  premio. Al ganar un premio mayor, le damos la posibilidad de modificar estos datos a fin de solventar cualquier error o incorrección.

Los rendimientos tributan, el premio no
Lo que tributa no es su premio, sino los rendimientos que genere. El artículo 6 de la Ley 35/2006 denomina a la renta del contribuyente “hecho imponible” y determina que “constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente. Componen la renta del contribuyente: (…) b) Los rendimientos de capital”. Por ello, no ha de confundirse la exención tributaria de estos premios con las correspondientes a las rentas que posteriormente puedan obtener con dicho capital, y que tributarán en función de su categoría y cantidad. .

Esto quiere decir que el importe de su premio de lotería permanece exento de impuestos, pero no los beneficios que se obtengan de los mismos. Por ejemplo, en un hipotético caso, si usted fuese agraciado con un premio de 2 millones de euros al participar en un sorteo de un juego de LAE, no tendrá que abonar ningún impuesto a Hacienda. Pero supongamos que pasa un año y dicho importe le ha proporcionado, a través de su entidad bancaria, unos rendimientos de capital del  5%,  ahora tendría 2.100.000€; tendría que declarar los 100.000€ de beneficios que se tributarían al de acuerdo a la Ley tributaria; debería abonar el porcentaje correspondiente a Hacienda y obtendría un beneficio neto de que, sumado al premio que se sumaría al premio que recibió.  Este ejemplo viene a mostrar que un premio de LAE se mantendría sin tributos, y las ganancias serían las que comenzarían a tributar.

Otra creencia muy extendida, pero totalmente incierta, es aquella que asegura que los premios de LAE sólo están libres de impuestos durante el primer año. Esto es falso, ya que los premios de LAE están exentos de impuestos siempre, son sus rendimientos los que comienzan a tributar desde el primer mes, pero el premio permanece íntegro. 

premios por serie

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF



©2012 STL, Loterías y Apuestas del Estado Versión para móviles|Versión web web segurabsi_wlabsi_anabGestión responsable del juego