El Director General de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado, es nombrado y separado por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda.
Corresponden al Director General las siguientes funciones:
- Representar a la entidad pública empresarial ante toda clase de personas físicas o jurídicas y en el ejercicio de las acciones y recursos que correspondan a la entidad en defensa de sus intereses.
- Presidir y dirigir las deliberaciones y demás tareas que le correspondan en las reuniones de los órganos consultivos en los que ostente la presidencia.
- Velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.
- Ejercer la jefatura superior de todos los servicios y del personal de la entidad mediante la dirección, impulso e inspección de todas sus actividades.
- Aprobar y comprometer los gastos, reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago.
- Informar al Presidente de su actuación y de cuantos asuntos conciernen a la gestión de la entidad cuando sea requerido para ello.
- Promover el nombramiento y cese del personal directivo funcionario de acuerdo con lo previsto por la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
- Acordar el nombramiento y cese del personal directivo laboral, de conformidad con el articulo 28 del Real Decreto de creación de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado, mediante su contratación en tanto no se encuentre acogido al régimen estatutario de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. igualmente la contratación de personal laboral no directivo de la entidad, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 55 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
- Desarrollar la estructura organizativa y proponer las relaciones de puestos de trabajo.
- Autorizar los desplazamientos en territorio nacional o extranjero y la realización de trabajos fuera de la sede de la entidad pública empresarial.
- Celebrar convenios y ejercer las facultades de contratación en nombre de la entidad pública.
- La ejecución de los planes generales de actuación de la entidad.
- Las que se establecen en la normativa vigente en relación con la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado en su marco jurídico interior y con la organización y gestión de los juegos de titularidad estatal.
- Las que las disposiciones aplicables atribuían al Consejo de Administración y al Administrador General del extinguido Patronato de Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas y al Jefe del también extinto Servicio Nacional de Loterías.
- Elevar al Ministro, a través del Presidente, de las propuestas que legalmente procedan.
- Establecer una adecuada planificación e instalación de la red comercial, mediante la creación de nuevos puntos de venta y de Delegaciones comerciales o la supresión de los que se consideren innecesarios.
- Dirigir la gestión de los juegos de titularidad estatal en orden a la obtención del mayor rendimiento comercial de los mismos y su regulación en todos aquellos aspectos que, de acuerdo con la normativa vigente, no requieran aprobación de otro órgano superior de la Administración.
- Como cuentadante deberá dar información contable adecuada y rendir en el plazo fijado al efecto, las cuentas que hayan de enviarse al Tribunal de Cuentas, por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado.
- El ejercicio de la potestad sancionadora.
- Aprobar el inventario de bienes y derechos, tanto propios como adscritos.
- Las demás competencias que le sean atribuidas normativamente.
Breve biografía del director general: D. GONZALO FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ.
Nacido el 1 de abril de 1959 en León, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo y pertenece al Cuerpo de Abogados del Estado.
Ha sido Abogado del Estado en el Ministerio de Educación y Ciencia, Subdirector General del Gabinete de Estudios del Servicio Jurídico del Estado, Director General de Infraestructuras Deportivas y Servicios del Consejo Superior de Deportes, Abogado del Estado en la Audiencia Nacional y Secretario General de la Caja de Ahorros de Santander y Cantabria. En la actualidad era Abogado del Estado en la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Nombramiento por Real Decreto 901/2006 de 21 de julio (ver el documento adjunto a esta página).